Prof.
Dr. Dr. jur. Enrique Díaz-Aranda
CALENDARIO
Se desarrollará los viernes de 17:00 a 21:00 horas y
los sábados de 9:00 a 13:00 horas del 15 de agosto al 13 de septiembre de 2003
en las instalaciones del Instituto de Especialización Judicial o en Sede por
confirmar.
PROGRAMA
15 a 16 de
agosto de 2003
I. Planteamiento de casos prácticos tanto
de México como de España y Alemania.
II. Introducción a las diferentes formas
de análisis del delito
III. Los sistemas de la teoría del delito
1.
Surgimiento
a.
Las aportaciones de
Franz von LISZT
b.
La aportación de Ernst
BELING: el tipo penal
c.
¿Qué es el causalismo?
2.
La conducta
a.
La concepción
naturalista de la acción de von LISZT
b.
La teoría de la
equivalencia de la conditio sine qua non de GLASER y von BURI
3.
Tipo puramente objetivo
4.
Antijuridicidad
5.
Culpabilidad sicológica
a.
Dolosa
b.
Culposa
22 y 23 de
agosto de 2003
B. Sistema neoclásico
de MEZGER
1. Teoría de la causalidad adecuada
2.
Tipo
a.
Elementos normativos
b.
Elementos subjetivos
distintos del dolo
3. Antijuridicidad
4.
Culpabilidad
sicológica-normativa
a.
Imputabilidad
b.
Dolo y culpa
c.
Ausencia de causas
excluyentes de la culpabilidad
i.
Miedo grave y temor
fundado
ii.
Estado de necesidad
exculpante
C. Críticas a los
sistemas clásico y neoclásico
1. ¿Causalidad en la
tentativa?
2.
¿Causalidad en la
omisión?
D. Sistema finalista de WELZEL
1. Teoría final de acción
2. Tipo
a.
Tipo objetivo
b.
Tipo subjetivo
·
Reubicación del dolo y
la culpa
·
¿se abandona el
causalismo?
1.
¿Finalidad en la culpa?
2.
¿causalidad dirigida
por la finalidad en la omisión?
29 y 30 de agosto de 2003
F. Sistema
funcionalista
1. Diferencias filosóficas, metodológicas
y político-criminales entre Günter JAKOBS y Claus ROXIN
2.
La política criminal
como sustento de la ley y de la interpretación
3.
Concepto
personal-social de acción
4.
Tipo
a.
La teoría de la imputación
al tipo objetivo
5.
Antijuridicidad
6.
La responsabilidad
penal como tercera categoría del sistema funcionalista
5 y 6 de
septiembre de 2003
G. Aplicación práctica de los sistemas
penales a las figuras procésales: CUERPO DEL DELITO Y PROBABLE RESPONSABILIDAD
para la resolución de casos
Propuesta de una nueva teoría del delito FUNCIONAL
SOCIAL para la realidad de México
1. Delimitación constitucional del Derecho penal
A) El Derecho penal conforme al Estado Social y
Democrática de Derecho
B) Principios fundamentales: 1) Legalidad; 2) Bien
jurídico tutelado; 3) Exclusiva incriminación de conductas; 4) Presunción de
inocencia; 5) Igualdad; 6) Subsidiariedad y, 7) Ne bis in idem.
2. La conducta sobre la base del nexo de
atribuibilidad
A) De acción
B) De omisión: 1) Omisión simple (deber por
solidaridad social) y 2. Comisión por omisión (posición de garante)
C) Ausencia de conducta: 1. Acto reflejo o movimiento
automático; 2. Sonambulismo y 3. Hipnotismo
3. TIPO
A) Tipo objetivo: 1. Elementos objetivos. 2. Elementos
normativos y 3. Diferentes criterios de imputación normativa del resultado a la
conducta (Teoría de la imputación objetiva del resultado) a) Creación de un
riesgo no permitido; b) Realización del riesgo no permitido y, c) El alcance
del tipo)
B) Tipo subjetivo: 1. Dolo directo, indirecto,
eventual; 2. Culpa con y sin representación y, 3. Elementos subjetivos
específicos requeridos por el tipo.
C) Atipicidad: 1. Por falta de un elemento objetivo;
2. Por falta de un elemento normativo; 3. El Error de tipo (clases y
consecuencias)
12 y 13 de
septiembre de 2003
4. ANTIJURIDICIDAD
A) Concepto formal y material
B) Causas de justificación: 1. Legítima defensa; 2.
Estado de necesidad justificante; 3. Cumplimiento de un deber; 4. Ejercicio de
un Derecho y 5. Consentimiento del sujeto pasivo
5. CULPABILIDAD
A) Imputabilidad: 1. Mayoría de edad y 2. Ausencia de
trastorno psíquico-patológico.
B) Conciencia de la antijuridicidad.
C) Ausencia de causas excluyentes de la culpabilidad:
1. Estado de necesidad exculpante; 2. El error sobre las circunstancias de la
legítima defensa (legítima defensa putativa); 3. Miedo grave o temor fundado y,
4. Error de prohibición (clases y consecuencias.
6. LA PENA Y LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD
Fines constitucionales de la pena privativa de
libertad
Sustitutivos penales
Medidas de seguridad
SEMINARIO DE
ACTUALIZACIÓN DE DERECHO PENAL
Prof. Dr. Dr.
iur. Enrique Díaz-Aranda
JUSTIFICACIÓN
En
México, la vieja discusión sobre los sistemas del delito basados en el concepto
causal de acción y el construido a partir de la teoría final de acción pasó de
ser una cuestión doctrinal a una estructura presuntamente finalista ordenada
por la ley a través de la reforma de 1994 a la Constitución y al Código Federal
de Procedimientos Penales.
Dichas
reformas de 1994 crearon problemas para su aplicación en la práctica procesal y
ello, según ha expuesto el legislador de 1999, ha contribuido al incremento de
la criminalidad en México; por ello el legislador ha procedido a la
contrarreforma de los arts. 16 y 19 de la Constitución para volver a los viejos
términos <<cuerpo del delito>> y <<probable
responsabilidad>> Con lo cual se pretende abatir la delincuencia.
¿Para
qué sirven los sistemas penales creados por la doctrina? ; ¿Cuáles son las diferencias
y consecuencias entre los sistemas penales? ; ¿Es el finalismo el causante del
incremento de la criminalidad en México? ; ¿Cuáles son las consecuencias de las
reformas de 1999 a la Constitución y al Código Federal de Procedimientos
Penales? ; ¿Cómo se interpretan los conceptos de cuerpo del delito y probable
responsabilidad conforme a los sistemas penales? ¿se puede emitir una sentencia con un análisis
dogmático-funcional del delito?. Para responder a dichas interrogantes, es
necesario realizar un acercamiento teórico al surgimiento de los sistemas
penales, su función, evolución y aplicación a las categorías procesales del
cuerpo del delito y la probable responsabilidad previstas en nuestra
Constitución y Código Federal de Procedimientos Penales. Dicha labor se
desarrollará durante el seminario aquí propuesto en el que se aplicarán las más
modernas teorías del delito desarrolladas en España y Alemania para resolver
casos prácticos acaecidos en México.
OBJETIVOS
Prof. Dr. Dr. iur Enrique DÍAZ-ARANDA
BIBLIOGRAFÍA
LIBRO BÁSICO
DÍAZ-ARANDA,
Enrique. Dolo (causalismo, finalismo,
funcionalismo y la reforma penal en México). México D.F. Edit. Porrúa.
2000. 270 pág. ISBN 970-07-1751-8.
COMPLEMENTARIOS
CANCIO
MELÍA, Manuel „La exclusión de la tipicidad por la responsabilidad de la
vícitma („imputación a la víctima“) en Estudios
sobre la teoría de la imputación objetiva. Buenos Aires, Argentina. Ed. Ad-hoc. 1998. págs 75-140. El mismo
trabajo en Cuadernos de Conferencias y
Artículos. N° 19. Colombia. Universidad Externado de Colombia. 1998. 79
págs.
CERZO
MIR, José „El finalismo“ en Criminalia. N° 2, año LXIII mayo-agosto.
México D.F. Ed. Porrúa. 1997. Págs. 77-93.
CÓRDOBA
RODA, Juan. Una nueva concepción del delito (la doctrina finalista). Barcelona,
España. Ediciones Ariel. 1963. 99 págs.
DÍAZ-ARANDA,
Enrique. Dolo (causalismo, finalismo,
funcionalismo y la reforma penal en México). México D.F. Edit. Porrúa.
2000. 270 pág. ISBN 970-07-1751-8.
-----------
Enrique GIMBERNAT ORDEIG, Christian JÄGER y, Claus ROXIN. Problemas
fundamentales de política criminal y derecho penal. México D.F. Ed.
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de
México. Serie ensayos jurídicos número 1. 2001. págs. 9-37. ISBN 968-36-9077-7.
---------- “La
política criminal del Derecho penal mexicano”. Lex. México D.F. Edit. Laguna. Ëpoca 3. año V. n° 47. Mayo. 1999.
Págs. 54-58.
-----------
“Directions of reform in criminal law: the mexican case” Final
Synthesis/Memoria of the Research Workshop: Rising Violence and the Criminal
Justice Response in Latin America: Towards an Agenda for Collaborative Research
in the 21st. Century. Held at the University of Texas at Austin.
USA. Mai 1999. Seiten 56-61.
---------
“Detener, consignar y ¿en el proceso averiguar?”. Criminalia, Academia Mexicana
de Ciencias Penales. México D.F. Edit. Porrúa. Año LXV. N°. 1. Enero-abril.
1999. Págs. 43-55.
------------
„Teorías del dolo eventual“ en Criminalia.
N° 2, año LXIII mayo-agosto. México D.F. Ed. Porrúa. 1997. Págs. 47-64.
FERRANTE,
Marcelo. „Una introducción a la teoría de la imputación objetiva“ en Estudios sobre la teoría de la imputación
objetiva. Buenos Aires, Argentina. Ed.
Ad-hoc. 1998. págs 15-36.
GIMBERNAT
ORDEIG, Enrique „¿Qué es la imputación objetiva? en Estudios de Derecho Penal. 3ª ed. Madrid, España. Ed. Tecnos. 1990.
Págs. 209-217.
JÄGER, Christian. “Problemas fundamentales del Derecho
penal” (Grundfragen des Strafrechts) Traductor: Dr. Dr. Enrique Díaz-Aranda. Criminalia, Academia Mexicana de
Ciencias Penales. México D.F. Ed. Porrúa. Año LXVI. Número. 1. Enero-abril.
2000.
MEZGER,
Edmund. Derecho Penal (parte general), libro segundo. México D.F. Cárdenas
editores. 1985. Págs. 80-115 y 223-261.
MIR PUIG, Santiago. Derecho penal (parte general) 4ª ed. Barcelona, España. PPU. 1996. Págs. 213-263 y de la 3a. ed. De 1990. Págs 117-209.
RODRÍGUEZ
MUÑOZ, José Arturo. La doctrina de la acción finalista. 2ª ed. Valencia,
España. Universidad de Valencia, secretariado de publicaciones. 1978. 160 págs.
ROXIN,
Claus “El desarrollo del Derecho Penal en el siguiente siglo” en Dogmática Penal y Política Criminal.
Trad. Manuel A. Abanto Vásquez. Lima, Perú. Ed. Idemsa. 1998. 437-463.
--------- “Finalidad e imputación objetiva” en CPC. N° 40. Madrid, España. Ed. Edersa.
1990. 131-146.
SANCINETTI,
Marcelo A. „Observaciones sobre la teoría de la imputación objetiva“ en Estudios sobre la teoría de la imputación
objetiva. Buenos Aires, Argentina. Ed.
Ad-hoc. 1998. págs 37-74.
SILVA
SÁNCHEZ, Jesús María; Mirentxu Corcoy Bidasolo y Francisco Baldó Lavilla.
Sistema de casos prácticos de Derecho Penal (con soluciones). Barcelona,
España. José María Bosch editor. 1993. Págs. 67-110.
WELZEL, Hans. Derecho Penal Aléman (parte general / 11ª ed). 4ª ed.
Castellana. Trad. Juan Bustos Ramírez y Sergio Yañes Pérez. Chile. Editorial Jurídica
de Chile. 1993. Págs. 72-95.
CURRICULUM BREVE
·
Doctor en Derecho por
la Universidad Nacional Autónoma de México.
·
Doctor en Derecho penal
por la Universidad Complutense de Madrid, España, con la calificación apto cum laude por unanimidad.
·
Postdoctorado en el
Instituto de Ciencias Penales de la Universidad de Munich, Alemania, bajo la
dirección del Prof. Dr. Dr. h.c. mult.
Claus Roxin
·
Investigador invitado
en el Instituto Max Planck para el Derecho penal extranjero e Internacional de
Friburgo, Alemania.
·
A nivel nacional ha sido distinguido con el premio Manuel Altamirano de
la UNAM y a nivel internacional recibió mención especial en el premio
extraordinario Universidad Complutense de Madrid y es el primer jurista mexicano en recibir la beca de la
fundación Alexander von Humboldt de Alemania, desde su fundación en 1860.
·
Autor y coautor de doce
libros y 14 artículos de Derecho penal publicados en México, España, Francia y
Estados Unidos de América. Ha prologado libros de autores alemanes, españoles y
peruanos y ha publicado tres traducciones del alemán al español.
·
Ha pronunciado
múltiples conferencias e impartido cursos a nivel licenciatura, maestría y
doctorado en diferentes universidades e instituciones tanto en México como en
Perú, Nicaragua, Uruguay, Estados Unidos de América y España.
·
Ha prestado sus
servicios profesionales en la Coordinación General de Asuntos Especiales de la
PGR, fue Miembro de la Comisión redactora del Código Penal para el Estado Libre
y Soberano de Morelos y dictaminador del Código Penal del Estado de Sinaloa. Ha
prestado sus servicio en la Dirección de Asuntos Especiales de la PGR y asesor
de la FEPADE.
· Actualmente es Investigador Titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM y del Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, miembro de número de la Academia Mexicana de Ciencias Penales e Investigador del Sistema Nacional de Investigadores del CONACYT